Verifactu en WooCommerce, PrestaShop y Shopify

Sí: una tienda online entra en Verifactu igual que una tienda física. Lo que tiene que estar adaptado no es la plataforma, sino la pieza que expide tus facturas: el plugin de WooCommerce, las facturas de PrestaShop, la app de Shopify o el programa de facturación al que tu tienda pasa los pedidos. Quien tributa en el Impuesto sobre Sociedades tiene que tenerlo listo antes del 1 de enero de 2027; el resto, autónomos incluidos, antes del 1 de julio de 2027.
- La Agencia Tributaria lo responde por escrito: vender por internet no cambia que te aplique. Si expides facturas con un sistema informático, entras, salvo que estés en el SII, tributes en territorio foral o tengas una resolución que te exima. Y las facturas simplificadas, lo habitual en la venta a particulares, también cuentan.
- Lo que se adapta es la pieza que factura, no la tienda. Cambiar de plataforma no hace falta; saber qué pieza genera tus facturas, sí.
- Lo lógico, según la AEAT, es una declaración responsable por cada componente que influya en el cumplimiento, y eso incluye las modificaciones que un programador le haga a tu sistema de facturas.
- No existe el programa «homologado por Hacienda». Es una autodeclaración del fabricante, y tienes que poder verla dentro del propio programa.
- Tener un sistema que no cumple y no está certificado, o que se ha modificado, se multa con 50.000 € por ejercicio, y la multa es para ti aunque el programa te lo haya vendido otro.
- ¿Le afecta Verifactu a una tienda online?
- ¿Qué tiene que cumplir: la tienda o el programa que factura?
- WooCommerce, PrestaShop y Shopify: dónde nacen hoy tus facturas
- ¿Qué tienes que pedirle a tu proveedor?
- ¿Qué errores son más fáciles de cometer en una tienda online?
- ¿Qué pasa si llega la fecha y no está adaptado?
- ¿Qué hacer y en qué orden?
- Preguntas frecuentes
¿Le afecta Verifactu a una tienda online?
La duda es tan habitual que la Agencia Tributaria la tiene literalmente en sus preguntas frecuentes sobre el ámbito de aplicación: «¿Están afectadas las tiendas online?». La respuesta empieza por un «Sí» y explica que la forma, convencional o virtual, en que vendes es indiferente para que te aplique. Añade un matiz para quien vende a otros países de la Unión Europea con la ventanilla única: esas ventas llevan codificaciones propias en el registro, pero no te sacan del reglamento.
El reglamento es el Real Decreto 1007/2023, y la propia AEAT resume a quién obliga con lo que llama la «regla de los 4 no». Te aplica si expides facturas y:
- no las haces todas a mano, sin ningún sistema informático;
- no llevas tus libros de IVA por el SII (Suministro Inmediato de Información);
- no tienes tu domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra, cuyo régimen foral queda fuera de este reglamento;
- y no tienes una resolución de Hacienda que te exima.
No hay un mínimo de ventas por debajo del cual no aplique. Una tienda que vende diez pedidos al mes con un plugin de facturas está tan dentro como una que vende mil.
Las facturas simplificadas también cuentan
Lo normal en una tienda que vende a particulares es emitir factura simplificada, el antiguo ticket. El Reglamento de facturación la permite en ventas al por menor de bienes a consumidores finales hasta 3.000 € con IVA incluido; para servicios o contenidos digitales, el límite general es de 400 €, y en ventas a consumidores de otros países de la Unión Europea fuera de la ventanilla única no cabe factura simplificada. Para Verifactu no hay diferencia: la AEAT responde que las facturas simplificadas están sometidas al reglamento igual que las completas.
Si eres autónomo en recargo de equivalencia, no lo des por resuelto
Muchos autónomos que venden por internet tributan en recargo de equivalencia y han oído que ahí «no se factura». La AEAT lo matiza: en ese régimen no hay obligación general de expedir factura, pero sí en varias excepciones, y entre las que enumera están tributar en el IRPF por estimación directa o vender a una empresa o profesional. Y aunque no estés obligado, si expides facturas con un programa, aunque sea de forma voluntaria, también te aplica. Es una conversación de diez minutos con tu asesoría que conviene tener ahora y no en junio de 2027.
Si todavía facturas a mano o con una hoja de cálculo, el árbol de decisión completo está en nuestra guía sobre si Verifactu te aplica con Excel o facturando a mano.
| Quién | Hasta cuándo |
|---|---|
| Tributas en el Impuesto sobre Sociedades (SL, SA, cooperativas…) | Antes del 1 de enero de 2027 |
| Resto: autónomos, comunidades de bienes y demás obligados | Antes del 1 de julio de 2027 |
| Quien fabrica el plugin, el módulo o la app | Ya debería tenerlo: su plazo venció el 29 de julio de 2025 |
Las fechas de los usuarios son las que fijó el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, y así las mantiene la nota informativa de la AEAT sobre la ampliación del plazo.
¿Qué tiene que cumplir: la tienda o el programa que factura?
El reglamento no se fija en si vendes en una tienda o en una plataforma: se fija en los sistemas informáticos de facturación. La AEAT los define, en sus preguntas frecuentes de conceptos, como el conjunto de hardware y software que se usa para expedir facturas, que admite los datos por cualquier vía —tecleados a mano, importados o recibidos de forma automática desde otro sistema donde se capturaron—, los conserva y los procesa para obtener otros resultados, como el libro de facturas o la contabilidad.
La parte de la entrada de datos es la que ordena una tienda online. El pedido se captura en la tienda; la factura se expide donde se expide. Si son el mismo sitio, la tienda es tu sistema de facturación. Si la tienda pasa los datos del pedido a otro programa y es ese programa el que numera y genera la factura, el sistema de facturación es ese programa.
| Cómo factura tu tienda | Qué pieza tiene que cumplir | A quién pedirle la declaración responsable |
|---|---|---|
| La propia tienda genera la factura: las facturas que PrestaShop genera por defecto, un plugin de facturas en WooCommerce, una app en Shopify | Ese módulo, plugin o app, en la versión concreta que tienes instalada | A quien lo desarrolla. Si alguien lo ha modificado, ver quién firma esa modificación (lo explicamos más abajo) |
| La tienda manda los pedidos a un programa de facturación externo | El programa externo, que es el que expide | A su fabricante. Al conector, si influye en el cumplimiento: por ejemplo, si numera, genera el registro o el QR, o hace el envío |
| Un tercero expide las facturas en tu nombre: un marketplace, tu gestoría | El sistema de ese tercero | Al tercero, que además necesita estar autorizado por ti para enviar los registros a Hacienda. La responsabilidad sigue siendo tuya |
La regla para las piezas combinadas también está escrita. Cuando un sistema de facturación tiene varios componentes de empresas distintas, la AEAT responde en sus preguntas frecuentes sobre la declaración responsable que hay que ver qué hace cada uno y que lo lógico es que haya tantas declaraciones como componentes afecten al cumplimiento, todas a disposición del usuario. Si la declaración de la última instalación ya recoge todos los componentes, basta con esa.
WooCommerce, PrestaShop y Shopify: dónde nacen hoy tus facturas
Ninguna de las tres plataformas es, por sí misma, «compatible» o «incompatible» con Verifactu. Lo que cambia entre ellas es dónde se genera la factura, y por tanto a quién tienes que preguntar.
WooCommerce
WooCommerce gestiona pedidos, pero las facturas en PDF que ves en muchas tiendas no las hace WooCommerce: las hace un plugin, o un programa externo conectado. Ese plugin es tu sistema de facturación, y que genere facturas no significa que esté adaptado: lo que lo demuestra es su declaración responsable.
Como WooCommerce y buena parte de sus plugins son software de código abierto, conviene saber lo que responde la AEAT para ese caso: la declaración responsable la hace la empresa que efectúe la programación del código o integre partes de otro software, que tiene que indicar qué componentes utiliza y se hace responsable de que funcionen. En la práctica, el desarrollador del plugin.
PrestaShop
PrestaShop sí puede generar facturas por defecto, y muchas tiendas las usan tal cual. Si es tu caso, la pregunta es la misma que con cualquier otra pieza: qué versión usas y quién firma su declaración responsable. Si has instalado un módulo de un tercero para Verifactu, no des por hecho que sustituye a lo de PrestaShop: muchos se apoyan en su numeración y sus facturas. La pieza a revisar es el conjunto, y la declaración del módulo tiene que decir qué componentes utiliza.
Hay un segundo punto que en PrestaShop conviene mirar antes que nada: una factura emitida no se corrige editándola. La AEAT explica que, una vez expedida, los datos que forman su registro de facturación solo se cambian con nuevos registros. En una tienda, una devolución o un cobro de más se corrigen con una factura rectificativa; la anulación queda para la factura emitida por error. Si en tu tienda es costumbre modificar un pedido ya facturado y volver a sacar el PDF, ese es el flujo que hay que cambiar.
Shopify
En Shopify las facturas las genera una app de su tienda de aplicaciones —hay varias que se anuncian como adaptadas a Verifactu— o un programa externo al que Shopify manda los pedidos. La app es tu sistema de facturación y le aplica todo lo anterior.
Muchas de estas apps envían los registros a Hacienda desde su propia plataforma, en tu nombre. Para eso normalmente necesitan que les otorgues la representación o un apoderamiento: la AEAT explica en sus preguntas frecuentes sobre cumplimiento y delegación que, para las empresas de software que prestan el servicio desde sus plataformas, vale el modelo del anexo I de la Resolución de 18 de diciembre de 2024. Pregunta cómo lo gestiona la app antes de instalarla, no después.
¿Y si cobras con Stripe o vendes en un marketplace?
La pasarela de pago cobra, no factura. Si además usas su módulo de facturas, esa es la pieza que tienes que revisar. Y si vendes en un marketplace que expide las facturas en tu nombre, estás en el caso del tercero: la AEAT permite delegar la expedición, pero recuerda que delegar no te exime de la responsabilidad.
¿Qué tienes que pedirle a tu proveedor?
El trabajo de verdad no es técnico: es hacer siete preguntas por escrito y guardar las respuestas.
- La declaración responsable de la versión que tienes instalada. No la de la web comercial: la de tu versión. La AEAT exige que esté accesible dentro del propio sistema —recomienda ponerla en un menú como «Ayuda», junto a «Acerca de»— y también fuera, para que puedas verla antes de comprar.
- Cuántas declaraciones hay y qué cubren. Lo lógico es una por cada componente que influya en el cumplimiento —el plugin, el servicio que envía los registros, una modificación a medida—, salvo que la última ya los recoja todos.
- Qué modalidad ofrece. Todos los sistemas tienen que poder funcionar en modo VERI*FACTU, que envía los registros a Hacienda al momento; algunos permiten además el modo no verificable, en el que el propio sistema firma y guarda los registros y tú respondes de conservarlos. Para una tienda pequeña, el modo VERI*FACTU suele ser el camino corto. Las diferencias están en nuestra guía de Verifactu para pymes.
- Cómo envía las facturas simplificadas. En modo VERI*FACTU, en el momento, no al cerrar: la AEAT, preguntada por un negocio con varias tiendas, responde que el envío tiene que ser inmediato en todos los casos, salvo incidencias técnicas como una caída de la conexión, que permiten enviar después.
- Cómo se hacen las rectificativas cuando hay una devolución o un pedido mal cobrado.
- Si envía en tu nombre, qué autorización necesita —representación o apoderamiento— y quién la tramita.
- Qué pasa al actualizar. Cada versión lleva su propia declaración. Cuando cambies de versión o de sistema, guarda las declaraciones de los que sustituyas: la AEAT pide a los usuarios que las conserven.
Y un aviso para leer las respuestas: la AEAT no homologa programas ni lleva un registro de sistemas adaptados. La declaración responsable es una autocertificación del fabricante. Si alguien te vende su plugin como «homologado por Hacienda», el argumento no se sostiene; lo explicamos en el artículo sobre la sanción por software de doble uso.
¿Qué errores son más fáciles de cometer en una tienda online?
1. Facturar unas ventas desde la tienda y otras a mano
Es habitual: la tienda genera las facturas de los pedidos online y la venta por teléfono o en una feria se hace en una plantilla. La AEAT responde que, con carácter general, no pueden convivir facturas de un sistema informático con facturas manuales: si usas un sistema para facturar, toda tu facturación tiene que ser informática. Puedes usar más de un sistema, pero todos adaptados.
2. Encargar una modificación de la factura sin preguntar quién la firma
Un cambio en la numeración, un campo nuevo, un PDF a medida programado sobre el plugin. La AEAT responde que cualquier modificación de un sistema de facturación hecha por alguien distinto de su fabricante no queda cubierta por la declaración del fabricante, y distingue dos casos. Si se la encargas como producto a una empresa o a un profesional externo, la declaración de esa modificación la firma él. Si la hace personal tuyo, o alguien contratado por ti y bajo tu dependencia, el productor de la modificación eres tú, y la firmas tú. Cambiar los ajustes que el propio plugin ya ofrece no es una modificación de este tipo; tocar su código, sí.
3. Confiar en la factura resumen del día
Algunas tiendas sacan al final del día un resumen de todas las ventas para contabilizarlas de una vez. Es legítimo para la contabilidad, pero no sustituye a lo que pide Verifactu: la AEAT responde que cada factura simplificada está sometida al reglamento y, en modo VERI*FACTU, se comunica a Hacienda aunque exista ese resumen.
4. Dar por hecho que no te toca
Vender poco o vender solo online no te saca. El recargo de equivalencia solo te saca si no expides ninguna factura con un programa, y, como hemos visto, tributar en estimación directa en el IRPF o vender a empresas te obliga a expedirlas. Lo que sí te saca es no expedir facturas con un sistema informático, estar en el SII, tributar en territorio foral o tener una resolución expresa.
¿Qué pasa si llega la fecha y no está adaptado?
La sanción está en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria y tiene una particularidad que sorprende: se comete por tener un sistema que no cumple y que no está certificado debiendo estarlo, o que se ha modificado, no por defraudar. Para el usuario es una multa fija de 50.000 € por cada ejercicio. Al fabricante le corresponden 150.000 € por ejercicio y tipo de sistema, o 1.000 € por cada sistema vendido sin la certificación exigida.
Lo que más importa para una tienda es a quién le cae. La AEAT lo responde para un caso muy concreto: si una empresa sigue usando un programa no adaptado del que ya no se ofrece mantenimiento, la responsabilidad no recae en el fabricante, sino entera en el usuario. El plugin abandonado que lleva años funcionando en tu tienda es, a partir de tu fecha, un problema tuyo. Los importes y sus matices están en el artículo sobre la sanción del 201 bis.
¿Qué hacer y en qué orden?
1. Averigua qué pieza expide tus facturas
Abre una factura reciente de tu tienda y sigue el rastro: qué plugin, módulo, app o programa la ha generado y qué versión tienes instalada. Si hay varias vías de venta —tienda, marketplace, venta por teléfono—, haz lo mismo con cada una.
2. Pide por escrito las respuestas de la lista
Las siete de arriba, a cada proveedor. Si tributas en el Impuesto sobre Sociedades, esto ya no es de «cuando haya tiempo»: tu fecha es antes del 1 de enero de 2027, y cambiar de pieza con margen es un proyecto, pero hacerlo la última semana de diciembre es una crisis.
3. Revisa tus flujos de devoluciones y cambios
Cómo se hace hoy una devolución, un cambio de talla o un pedido cobrado de más. Si la respuesta es «editamos la factura», hay que cambiarlo por rectificativas antes de tu fecha.
4. Pruébalo antes de que sea obligatorio
Pide a tu proveedor un entorno de pruebas y comprueba que el código QR aparece y se lee, y que cada serie de facturas mantiene su numeración correlativa. Ten en cuenta que, si empiezas a enviar registros reales en modo VERI*FACTU antes de tu fecha, la AEAT te pide mantenerte en ese modo al menos hasta el final de ese año natural. Las semanas de prueba son baratas; los errores después de tu fecha, no.
Si estás montando la tienda ahora, elige la pieza de facturación a la vez que la plataforma, no después. Lo que cuesta cada opción lo desglosamos en cuánto cuesta crear una tienda online.
Preguntas frecuentes
¿Mi tienda online tiene que cumplir Verifactu aunque venda poco?
Sí. No hay un mínimo de ventas por debajo del cual no aplique. Te aplica si expides facturas —incluidas las simplificadas— con un sistema informático, salvo que estés en el SII, tributes en el País Vasco o Navarra, o tengas una resolución que te exima. Las fechas son antes del 1 de enero de 2027 si tributas en el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 en el resto de casos, autónomos incluidos.
¿El correo de confirmación del pedido cuenta como factura?
Solo si lo expides como factura. Una factura simplificada lleva, entre otros datos, número correlativo (y serie, si la hay), fecha, NIF y nombre del vendedor, qué se vende, tipo de IVA y total, según el artículo 7 del Reglamento de facturación, y si la genera un programa sujeto a Verifactu, el código QR. Si tu correo hace de factura, el sistema que lo envía tiene que cumplir. Si no expides factura por ninguna vía, confirma con tu asesoría si estás obligado a hacerlo: en recargo de equivalencia, por ejemplo, no siempre lo estás.
¿Tengo que cambiar de plataforma para cumplir Verifactu?
No. Lo que tiene que estar adaptado es la pieza que expide las facturas, no la plataforma de la tienda. Lo habitual es cambiar o actualizar el plugin, el módulo o la app de facturación, o conectar la tienda con un programa de facturación que ya esté adaptado.
¿Tengo que publicar la declaración responsable en mi web?
No es tu obligación, salvo que el sistema, o una modificación de él, lo hayas desarrollado tú o personal que depende de ti: entonces el productor eres tú. En el caso normal, la declaración la aporta el fabricante: tiene que estar accesible dentro del propio programa y también fuera de él, para que puedas consultarla antes de comprarlo. Lo que sí te toca es tenerla localizada y conservar las de las versiones que vayas sustituyendo.
Si un marketplace expide las facturas en mi nombre, ¿quién cumple Verifactu?
El marketplace, como tercero, genera los registros de esas facturas y, en modo VERI*FACTU, los envía; para enviarlos en tu nombre necesita tu apoderamiento inscrito en la Agencia Tributaria. Pero la AEAT es clara: delegar la expedición no exime de la responsabilidad a quien está obligado a facturar. Pide por escrito cómo lo hacen.
¿Vender a otros países de la Unión Europea me saca de Verifactu?
No. La AEAT responde que las ventas acogidas a los regímenes de ventanilla única llevan codificaciones específicas en el registro de facturación, pero no excluyen del cumplimiento del reglamento. Lo que sí cambian son otras reglas de facturación de esas ventas, que conviene repasar con tu asesoría.
¿No sabes qué pieza expide las facturas de tu tienda?
Lo miramos contigo: qué genera hoy tus facturas, qué tienes que pedirle a cada proveedor y, si hay que cambiar algo, cómo encajarlo en tu tienda. Montamos tiendas en Shopify y conectamos la facturación con el resto del negocio.
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